[:es]Seguro de garantía de contenedores: una herramienta complementaria para las operaciones de comercio internacional cubiertas por el seguro de transporte de mercaderías.

Reseña: El presente artículo es una introducción al tema del seguro de garantía para contenedores a través de su explicación básica, por qué se contrata, y una descripción sobre el inicio y termino de la cobertura.  

¿Qué es el seguro de garantía de contenedores? 

El seguro de garantía de contenedores indemniza al asegurado, o a las compañías navieras, por los daños patrimoniales y económicos sufridos dentro de los límites territoriales nacionales establecidos, en caso de que el tomador del seguro no cumpla con sus obligaciones legales o contractuales por daños o pérdidas contraídas como parte del proceso de transporte retorno de los contenedores.  

Esto se hace mediante la presentación de un certificado de seguro en las ventanillas de las agencias de naves, para una póliza entre la aseguradora y la compañía naviera, el cual es obtenido con alguno de los agentes autorizados para la emisión y recaudación de estos. Mediante este proceso se consigue el acto formal de liberación del contenedor para poder ser retirado del terminal, puerto o almacén y posteriormente ser retornado a donde lo indique la compañía naviera. 

Este artículo fue escrito por:

Carlos Mena Piña

Gerente de Marine

Chubb Chile

carlos.mena@chubb.com

 

¿Por qué se contrata? 

Este seguro de garantía se exige como alternativa a las diferentes cauciones que reclama cada compañía navieradonde el consignatario de la carga (importador) se responsabiliza de la devolución de los contenedores al depósito que las compañías navieras establezcan para su devolución en los tiempos y condiciones acordadas. 

Para garantizar la cancelación oportuna de estas obligaciones, se utilizan indistintamente cualquiera de los siguientes tipos de garantía: 

  • Carta de garantía: existente entre la naviera y el consignatario de la carga. 
  • Comodato: directamente con la compañía naviera. 
  • Boleta de garantía bancaria: extendida por el consignatario de la carga en favor del operador del contenedor. 
  • Depósito de dinero en efectivo: efectuado por el consignatario de la carga, al operador del contenedor según el valor de garantía que establezca la compañía naviera, por intermedio de su despachador de aduana. 
  • Certificado de seguro de garantía: emitido conforme a una póliza válida suscrita entre las compañías aseguradoras y las compañías navieras o sus representantes. 

El uso o exigencia de estos tipos de garantías dependerán de la definición comercial de cada compañía naviera con sus clientes. 

Con el objeto de verificar la condición física del contenedor a la salida del terminal portuario, se extienden documentaciones y certificaciones donde se señala bajo qué condiciones se encuentran los contenedores que son recibidos por los consignatarios. Es obligación del consignatario de la carga encargar la verificación de los contenedores antes de salir de los recintos portuarios, con la finalidad de establecer el estado y condición del contenedor que se entrega. Se emite un recibo de intercambio, el cual es firmado por cuenta y representación del consignatario, en señal de conformidad. 

Cuáles son las responsabilidades sobre los contenedores que los consignatarios deben asumir comúnmente: 

  • Devolver el o los contenedores al depósito. 
  • Devolver los contenedores dentro de los plazos establecidos en los contratos. 
  • Devolver los contenedores en las mismas condiciones materiales y en el estado de conservación en que fue recibido. 
  • Devolver los contenedores limpios. 

Fuente: https://www.moldtrans.com/wp-content/uploads/CONTENEDOR-1024x630.jpg

Inicio y termino de cobertura 

Una vez entregada la salida del contenedor, las compañías navieras, según las negociaciones con cada cliente, establecen los acuerdos de free time (tiempo libre de entrega del contenedor), de esta manera al momento de realizar la entrega física de los contenedores en el depósito designado, se hace la revisión y proceden a firmar las constancias de los documentos respectivos. En general, los contenedores deben ser devueltos en cinco días, contados desde el día siguiente a la fecha de descarga de los contenedores. Este tiempo está citado en el respectivo conocimiento de embarque B/L.  

La no entrega de los contenedores dentro del plazo establecido implica devengar una indemnización por mayor uso a la naviera denominado “demurrage, este es un cobro por mayor utilización del contenedor una vez que es descargado en el puerto de destino, retirado y devuelto. En algunos casos, los consignatarios agotan el free time por no retirar oportunamente el contenedor. Resaltar párrafo 

Los valores de un seguro de garantía dependen del costo de cada tipo de contenedor, por ejemplo, un Container Dry 20 puede pagar un 25% a 30% menos que un Container Reefer 40 o un Tanktainers; esto viene dado por el valor comercial, sin embargo, en el precio de un seguro de contenedor también están considerados la siniestralidad promedio por daños, los gastos y costos de retrasos (demurrage). 

Las coberturas del producto se establecen con base en una póliza de transporte terrestre (carga) tradicional con adicionales de huelga, esto porque el tránsito está limitado la circulación interna del país, donde la materia asegurada corresponde al casco del contendor, pero también, se cubren con base en sublímites preacordados con cada compañía naviera. Las siguientes coberturas adicionales pueden afectar el costo del seguro, dependiendo del monto involucrado: 

  • Daño físico del contenedor. 
  • Robo del contenedor. 
  • Limpieza extraordinaria. 
  • Responsabilidad civil extracontractual por los daños que pueda originar el contenedor a terceros. 
  • Multas por demora por encima del free time. 
  • Costo derivado de que el contenedor se encuentre fuera de servicio con base en un sublímite. 

Para los efectos de este tipo de seguros, se comprende por free time o tiempo libre, los días libres otorgados por las compañías navieras para que el consignatario proceda a internar el contenedor, descargar su mercadería y posteriormente efectuar la devolución de las unidades al lugar designado. 

En caso de que el consignatario incurriese en demora excediendo los días libres acordados con la compañía naviera, se ocasionaran pérdidas o daños de los contenedoreslas aseguradoras se les otorga el derecho de ejercer acciones de recuperación contra los afianzados. 

Como una manera de amparar a los consignatarios por sus intereses patrimoniales ante estas obligaciones provenientes de potenciales reclamaciones por las responsabilidades sobre los contenedores declaradas con anterioridad, algunas aseguradoras han desarrollado un producto que protege el interés asegurado fortuito del consignatario. Este producto se basa en la misma estructura del seguro de garantía de contenedores referida en este artículo, pero la principal diferencia es que no cubre los gastos por demoras, aplicándose también un deducible y sublímites de cobertura, los cuales se negocian caso a caso. 

Este último es un producto en desarrollo que tiene una menor penetración de mercado respecto del seguro de garantía de contendores, esto ocurre por desconocimiento de su existencia o por la creencia de que este seguro, que cubre los intereses de los propietarios de los contenedores, también protege a los consignatarios, lo que no ocurre.  

Para finalizar, los seguros de contenedores proveen un soporte a la actividad y los riesgos propios de las operaciones de comercio exterior, corresponden a una herramienta en la gestión moderna de las operaciones logísticas, proporcionan un elemento de protección patrimonial tanto para compañías navieras como para los consignatarios según sea el caso, y este tipo de pólizas complementel seguro tradicional de transporte por daños o pérdida de mercaderías bajo un visión integral, moderna y complementaria. 

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